Biblioteca

La Biblioteca se constituye como un servicio esencial de apoyo a la comunidad universitaria en el fomento al estudio, la docencia y la investigación. Propicia la cultura y el significado de la información en el desarrollo y transmisión del conocimiento, procesando y difundiendo recursos bibliográficos e informativos y ofreciendo nuevos y modernos servicios

Misión

Satisfacer las necesidades culturales y educativas de nuestros estudiantes, fomentar el hábito de lectura y hacer de la biblioteca un verdadero centro de autoformación, donde los alumnos, investigadores y ciudadanos dispongan de las herramientas necesarias para su desarrollo personal.

Objetivos

La Biblioteca de la Facultad de Psicología, es una Unidad de Servicios, cuyo objetivo es apoyar la actividad universitaria en aspectos relacionados con:

  • La Formación Académica

  • La Investigación

  • La Extensión Universitaria

Funciones

  • Selecciona, adquiere y organiza el material documental, bibliográfico y electrónico de la Biblioteca.

  • Genera instrumentos bibliotecológicos que optimicen la búsqueda y recuperación de información.

  • Mantiene y controla la calidad del Catálogo Automatizado, y supervisa sus equipos informáticos.

  • Garantiza a la comunidad académica interna y externa el acceso y uso de sus fondos a través de diversos servicios.

  • Facilita a la comunidad académica interna y externa el acceso a la información disponible en otras unidades de información y en Internet.

Áreas de servicio

En la Biblioteca existen las siguientes Áreas de Servicio:

  1. Área de Textos y Colección General
    Aquí puedes consultar los textos y libros de investigación de la especialidad, además de otros sobre la cultura en general.

     

  2. Área de Colecciones Especiales
  • Hemeroteca o Sala de Publicaciones Periódicas

Aquí puedes consultar Publicaciones Periódicas Nacionales y Extranjeras en diversos temas y toda la legislación peruana.

  • Obras de Referencia

Podrás consultar diccionarios, enciclopedias, almanaques, atlas, estadísticas y todo material de referencia en las diferentes disciplinas del conocimiento.

  1. Área de Tesis
  • Tesis
    Te ofrecemos también el Servicio de lectura de Tesis de pre y posgrado de la especialidad.

Disposiciones Generales:

DE LOS USUARIOS:

Se consideran usuarios a las personas que son miembros de la comunidad universitaria y aquellos que forman parte de la comunidad científica. Estas personas podrán consultar y acceder a los fondos bibliográficos y documentales según los procedimientos establecidos.

Los usuarios por su categoría se dividen en internos y externos.

Artículo 1. Son usuarios internos:

Docentes, alumnos de pregrado, alumnos de postgrado, egresados UNMSM   y trabajadores de la Universidad.

Artículo 2. Son usuarios externos:

Alumnos y docentes de otras universidades o centros de enseñanza superior.

Artículo 3. Los usuarios internos podrán acceder a todos los servicios que presta la biblioteca. Para acceder a estos servicios, deberán presentar el carné de biblioteca vigente, emitido por el Sistema de Bibliotecas de la UNMSM.

Artículo 4. En caso de los egresados de la UNMSM, podrán acceder a todos los servicios de la biblioteca exceptuando el servicio de préstamo a domicilio.

Artículo 5. Los usuarios externos podrán acceder solamente al servicio de lectura en sala previa presentación del carné de lector visitante otorgado por la Biblioteca de Psicología. Este carné tendrá una vigencia de seis (06) meses desde su fecha de emisión. Estos usuarios serán atendidos según los horarios establecidos por la Biblioteca.

Artículo 6. Los usuarios que no cuenten con un carné de biblioteca de la UNMSM podrán acceder a nuestros servicios tramitando un carne de lector Visitante.

Artículo 7. Los usuarios internos y externos son responsables del material bibliográfico y documental en uso y bajo su tenencia, en las diversas modalidades del servicio. Al retirar los libros deberán revisar que éstos estén en perfecto estado. Si el libro estuviera mutilado, rayado o deteriorado deberán dar aviso de inmediato al encargado del servicio, caso contrario el usuario tendrá que responder por esta falta.

DE LOS SERVICIOS

La biblioteca brinda los siguientes servicios:

Lectura en sala

Préstamo a domicilio

SERVICIO DE LECTURA EN SALA

El servicio de Lectura Interna comprende facilitar el uso del material bibliográfico y documental en las salas de lectura.

Artículo 8. La sala de lectura interna es para uso exclusivo de consulta, estudio e investigación del material bibliográfico y documental proporcionado por la biblioteca.

Artículo 9. Para acceder al servicio de lectura interna, los usuarios deberán presentar obligatoriamente el carné de biblioteca vigente.

Artículo 10. No está permitido por ningún motivo retirar el material bibliográfico fuera de la sala de lectura, salvo autorización del personal encargado.

Artículo 11. Al retirar y devolver el material bibliográfico, los usuarios deberán revisar y constatar que se encuentre en buen estado de uso. Si encuentra el material bibliográfico que está en malas condiciones o mutilado, debe reportarlo al encargado del servicio correspondiente.

DEL SERVICIO DE PRÉSTAMO A DOMICILIO

Artículo 12. El servicio de préstamo a domicilio tiene por finalidad permitir al usuario interno, excepto a los egresados UNMSM y externos, el desplazamiento del material bibliográfico o documental fuera de las instalaciones de la biblioteca.

Artículo 13. Se exceptúa del Préstamo a Domicilio, los siguientes documentos:

o    Obras de referencia

o    Libros y documentos que constituyen ejemplares únicos

o    Material antiguo y valioso

o    Colecciones en tomos

o    Publicaciones periódicas

o    Tesis

o    Material audiovisual y especial

Artículo 14. El  tiempo determinado para el préstamo a domicilio será como sigue:

Docentes,  máximo  cuatro (04) días  y

Alumnos,  dos (02) días 

Artículo 15. El número máximo de material bibliográfico para préstamo a domicilio será:

Docentes,  hasta dos (02) libros

Alumnos,  un (01) libro

Artículo 16 El material bibliográfico y documental prestado a domicilio deberá ser devuelto en el plazo establecido, en caso de incumplimiento, será acreedor a la sanción establecida en el presente reglamento.

artículo 17 Toda pérdida de un libro en servicio deberá ser comunicada de inmediato al personal encargado del servicio, caso contrario se considerará como atraso en la devolución aplicándose la multa y sanción correspondientes.

Artículo 18. Los libros de gran demanda se prestarán sólo por un día.

Artículo 19. Los usuarios podrán solicitar una renovación del préstamo de libros, siempre y cuando éste no haya sido solicitado por otro usuario, hasta por un máximo de 2 (dos) veces.

Artículo 20. La renovación deberá hacerla el usuario personalmente, presentando el libro para registrar la nueva fecha de devolución.

Artículo 21. El préstamo de libros con demanda no es renovable.


DE LA REPROGRAFÍA

Artículo 22. Es el servicio que permite a los usuarios obtener copias del material bibliográfico previa revisión, autorización considerando lo establecido en la ley del Derecho de Autor.

Artículo 23. El material bibliográfico y documental no podrá ser reprografiado en su totalidad, en resguardo del patrimonio bibliográfico.  

DE LAS SANCIONES

Artículo 24. Los documentos de identificación son intransferibles. El lector que pretenda hacer uso de los servicios que brinda la biblioteca con un documento ajeno o falsificado se le retendrá el carné y será suspendido de todos los servicios por un periodo de tres (03) meses.

Artículo 25. De comprobarse que el documento de identificación usado según lo mencionado en el artículo 24 ocurrió con la autorización del dueño, la biblioteca determinará la sanción correspondiente al mismo.

Artículo 26. El usuario que adeuda material bibliográfico y que utiliza los servicios de la biblioteca con otro carné, se procederá a la retención del documento hasta que devuelva el material, y será suspendido de todos los servicios en la biblioteca por un período de seis (06) meses.

Artículo 27. El usuario que extravíe el carné de biblioteca deberá dejar constancia de lo ocurrido en el más breve plazo en la Biblioteca de Psicología o en la Biblioteca Central. Esto no lo exime de las responsabilidades contraídas por el mal uso del mismo.

Artículo 28. Si el material bibliográfico solicitado para lectura o préstamo es extraviado por el usuario, el carné de biblioteca será retenido y el usuario será suspendido de todos los servicios de la biblioteca hasta la reposición del material en versión original y de la misma edición en un plazo no mayor de 30 días.

Artículo 29. En el caso que no fuera posible obtener el documento idéntico para la reposición del documento extraviado, la biblioteca determinará el material bibliográfico a ser repuesto.  

Artículo 30. Vencido el plazo de reposición del libro, la sanción será incrementada con una multa de S/.1.00 (un sol) por día de retraso.

Artículo 31. Los usuarios que han perdido libros y no los han repuesto, o no han regularizado sus préstamos en la Biblioteca, se verán imposibilitados de acceder a los servicios de la misma, de matricularse en el siguiente semestre y de obtener certificados.

Artículo 32. Al usuario responsable del daño físico (mutilado, rayar sobre material bibliográfico, etc.) se le retendrá el carné de biblioteca y suspenderá de todos los servicios hasta la reposición de la obra en versión original y de la misma edición en un plazo no mayor de 30 días, vencido el plazo se aplicará lo dispuesto en el artículo 30.

Artículo 33. En el caso que no fuera posible obtener el documento idéntico para la reposición del documento dañado, aplicar lo dispuesto en el artículo 29.

Artículo 34. El  usuario que retire sin autorización el material bibliográfico fuera de los ambientes de la biblioteca, se le  retendrá  el carné de biblioteca y suspenderá la atención de todos los servicios por un período de 30 días. En caso que se haya retirado el material bibliográfico no autorizado (tesis, revistas, obras de referencia, material antiguo,  valioso y material audiovisual) se duplicará la sanción a 60 días.

Artículo 35. Los usuarios que perturben la tranquilidad y el orden en la sala de lectura se les retendrá el carné de biblioteca por un período de siete (07) días, suspendiéndoseles la atención en todos los servicios por el período antes mencionado. Asimismo, deberán abandonar el recinto de la biblioteca.

Artículo 36. Por faltar el respeto al personal que labora en la biblioteca, el usuario será acreedor a la suspensión de todos los servicios de la misma por un período de 15 días. Asimismo, se le retendrá el carné de biblioteca por igual tiempo.

Artículo 37. En el caso del préstamo a domicilio, el usuario que no devuelva el material bibliográfico en el plazo fijado, será suspendido de todos los servicios  de acuerdo a las siguientes sanciones:  

  • De 1 a 2 días,  el carné será retenido por 15 días.

  • De 3 a más días, el carné será retenido por 30 días a partir de la entrega del material bibliográfico y el pago de un nuevo sol por día a partir de la fecha en que venció el plazo de devolución.  

Artículo 38. En caso de reincidir en cada una de las sanciones descritas en el artículo 37, se duplicará el período y el monto de la sanción.

Artículo 39. Los alumnos morosos no tendrán derecho a matrícula debiendo firmar un compromiso de devolución del material bibliográfico para proceder a matricularse; en caso de no cumplir con este compromiso, se retendrá el carné universitario hasta la devolución del material bibliográfico y no podrá matricularse en el siguiente proceso de matrícula.

Artículo 40. No se tramitará ninguna solicitud de orden académico y/o administrativo de los alumnos morosos que cursen el último año o semestre académico o hubiesen culminado sus estudios hasta que cumplan con restituir el material bibliográfico o su valor económico más la multa que corresponda según lo señalado en el Art. 30.

Artículo 41. No se tramitará ninguna solicitud de orden académico y/o administrativo al  personal docente y administrativo moroso hasta que cumplen con restituir el material bibliográfico o su valor económico más la multa que corresponda según lo señalado en el Art. 30.

Artículo 42.   Los usuarios que violen o intenten violar los sistemas de seguridad de los equipos de cómputo de la biblioteca, serán suspendidos de todos los servicios por un período de 30 días, reteniéndose el carné de biblioteca por el mismo período.

Artículo 43. Los usuarios que modifiquen la configuración de los programas informáticos, del papel tapiz o protector de pantalla de los equipos de cómputo serán sancionados con la suspensión de todos los servicios de la biblioteca por un período de 15 días, reteniéndose el carné de biblioteca por el mismo período.  

Artículo 44. Los usuarios que ejecuten o instalen programas propios u obtenidos de la red o por otros medios utilizando los equipos de cómputo de la biblioteca, serán suspendidos de todo los servicios por un período de 15 días, reteniéndose el carné de biblioteca por el mismo período.

Artículo 45. Los usuarios que manipulen indebidamente los equipos de cómputo causando algún tipo de daño serán suspendidos de todos los servicios de la biblioteca hasta la reposición o reparación de los equipos, y aplicación de los procesos administrativos correspondientes.

Artículo 46. En caso de reincidir en cada una de las sanciones descritas anteriormente, se duplicará el período de sanción, y de persistir en esta situación, se le suspenderá definitivamente de los servicios que brinda la biblioteca, reteniéndose el carné de biblioteca.

DE LOS MATERIALES AUDIOVISUALES

Artículo 47.   El material audiovisual (videos, CD-ROM. discos láser, multimedia, microfilmes, casetes y otros) es para uso exclusivo dentro del dictado de clase por los docentes de la Facultad de Psicología.

Artículo 48. El personal docente podrá acceder a este servicio previa presentación del carné de biblioteca vigente, emitida por el Sistema de Bibliotecas de la UNMSM.

Artículo 49. El profesor es responsable del material audiovisual en uso y bajo su tenencia.

Artículo 50. Si el material audiovisual solicitado es extraviado, el carné de biblioteca será retenido y se tendrá que gestionar la reposición del mismo en versión original.

Artículo 51. Los casos no contemplados en el presente reglamento serán resueltos a criterio del Jefe de la Biblioteca bajo consulta a la Biblioteca Central.

Alumnos de la Facultad:

Lunes a Viernes: 09:00 a 21:00 horas
Sábados: 09:00 a 18:00 horas

Otras Facultades:

Lunes y Miércoles: 09:00 a 21:00 horas

Otras Universidades:

Martes y jueves: 09:00 a 21:00 horas

EL PERSONAL

Jefe
Sr. David Chávez La Serna
 6197000 anexo 3219

Debido al estado de emergencia, puede comunicarse al correo:  Esta dirección de correo electrónico está protegida contra spambots. Usted necesita tener Javascript activado para poder verla.

Con el fin de brindarles una mejor información sobre nuestra colección, les hacemos llegar la Alerta Informativa, la cual es un listado ordenado por tema donde se encuentran las nuevas publicaciones ingresadas a la Biblioteca.

 

Alerta Informativa - Setiembre 2018 - Diciembre 2018  descarga
Alerta Informativa Nº 24 - Octubre 2016 - Diciembre 2016  descarga
Alerta Informativa Nº 23 - Abril 2016 - Julio 2016  descarga
Alerta Informativa Nº 22 - Enero 2016 - Marzo 2016  descarga
Alerta Informativa Nº 21 - Setiembre 2015 - Diciembre 2015  descarga
Alerta Informativa Nº 4 - Octubre 2014 - Diciembre 2014  descarga
Alerta Informativa Nº 3 - Mayo 2014 - Setiembre 2014  descarga
Alerta Informativa Nº 2 - Enero 2014 - Marzo 2014  descarga
Alerta Informativa Nº 1 - Diciembre 2013 - Enero 2014  descarga
Alerta Informativa Nº 4 - Octubre - Noviembre 2013  descarga
Alerta Informativa Nº 3 - Julio - Setiembre 2013  descarga
Alerta Informativa Nº 2 - Abril - Junio 2013  descarga
Alerta Informativa Nº 1 - Enero - Marzo 2013  descarga
Alerta Informativa Nº 4 - Octubre - Diciembre 2012  descarga
Alerta Informativa Nº 3 - Setiembre 2012  descarga
Alerta Informativa Nº 2 - Junio - Agosto 2012  descarga
Alerta Informativa Nº 1 - Enero - Marzo 2012  descarga
Alerta Informativa Nº 3 - Junio - Diciembre 2011  descarga
Alerta Informativa Nº 2 - Abril - Mayo 2011  descarga
Alerta Informativa Nº 1 - Enero - Marzo 2011  descarga
Alerta Informativa Nº 3 - Julio - Setiembre 2010  descarga
Alerta Informativa Nº 2 - Abril - Junio 2010  descarga
Alerta Informativa Nº 1 - Enero - Marzo 2010  descarga
Alerta Informativa Nº 3 - Junio - Julio 2009  descarga
Alerta Informativa Nº 2 - Marzo - Abril - Mayo 2009  descarga
Alerta Informativa Nº 1 - Enero - Febrero 2009  descarga
Alerta Informativa Nº 8 - Noviembre 2008  descarga
Alerta Informativa Nº 6, Nº 7- Setiembre - Octubre 2008  descarga
Alerta Informativa Nº 4, Nº 5- Junio - Julio 2008  descarga
Alerta Informativa Nº 2, Nº 3 - Abril - Mayo 2008  descarga
Alerta Informativa Nº 1 - Enero 2008  descarga
Alerta Informativa Nº 9 - Diciembre 2007  descarga
Alerta Informativa Nº 8 - Setiembre - Octubre 2007  descarga
Alerta Informativa Nº 7 - Julio - Agosto 2007  descarga
Alerta Informativa Nº 6 - Junio 2007  descarga
Alerta Informativa Nº 5 - Mayo 2007  descarga
Alerta Informativa Nº 4 - Abril 2007  descarga
Alerta Informativa Nº 3 - Marzo 2007  descarga
Alerta Informativa Nº 2 - Febrero 2007  descarga
Alerta Informativa Nº 1 - Enero 2007  descarga
Alerta Informativa Nº 5 - Octubre Noviembre 2006  descarga
Alerta Informativa Nº 4 - Agosto 2006  descarga
Alerta Informativa Nº 3 - Julio 2006  descarga
Alerta Informativa Nº 2 - Abril a Junio 2006  descarga
Alerta Informativa Nº 1 - Enero a Marzo del 2006  descarga
Alerta Informativa Nº 4 - Octubre, Noviembre 2005  descarga
Alerta Informativa Nº 3 - Junio 2005  descarga
Alerta Informativa Nº 2 - Mayo 2005  descarga
Alerta Informativa Nº 1 - Abril 2005  descarga
Lista total de los libros de la biblioteca (Actualizado a Marzo 2005)  descarga

 

S U M

BIBLIOTECA

BOLSA DE TRABAJO

LIBRO DE RECLAMACIONES

PORTAL SAN MARCOS

DIRECTORIO FACULTAD